Pensión por riesgo de Invalidez

Preguntas Frecuentes

Pregunta

Respuesta

¿Cuáles son las condiciones que debe cumplir el afiliado?
  • Si la invalidez es causada por enfermedad: El afiliado debe tener 36 contribuciones efectivamente pagadas al Programa de IVS, dentro de los 6 años anteriores al primer día de invalidez.
  • Si la invalidez es causada por accidente: El afiliado debe tener vigencia laboral al momento del riesgo y tener 3 meses de contribución al Programa de IVS, dentro de los 6 meses anteriores a la fecha del riesgo.

En los 2 casos, el afiliado deberá ser evaluado por el Departamento de Medicina Legal y Evaluación de Incapacidades para determinar si existe invalidez y su grado.

¿Cuáles son los requisitos y formularios para solicitar? Encuentre los requisitos y formularios en el siguiente enlace: https://www.igssgt.org/ivs/pension-por-riesgo-de-invalidez/ 
¿Cómo solicitar? Una vez haya llenado el formulario solicitud, la hoja de historial laboral y tenga la documentación requerida en la hoja de requisitos, comuníquese a los siguientes teléfonos para informar para informar que ya cuenta con los documentos completos:

  • PBX 1522 opción 3
  • Teléfono de la delegación o caja departamental más cercana (si reside en el interior del país)

Posteriormente un agente de atención al usuario le contactará y le informará el proceso a seguir.

Encuentre aquí el Directorio de Delegaciones y Cajas Departamentales.

¿Cuál es la normativa vigente? Acuerdo 1124 Reglamento sobre protección relativa a Invalidez, Vejez y Sobrevivencia.