El Seguro Social estuvo presente en el 8o. Festival Chapín que se realizó en Los Ángeles, California, el pasado 24 y 25 de agosto, espacio que se aprovechó para informar y adherir a connacionales que radican en aquel estado del país norteamericano al programa Protección al Migrante Guatemalteco y a su Núcleo Familiar.

Este beneficio es gracias al Acuerdo de Junta Directiva 1543, en disposición del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2023-2027, Objetivo No. 1, que establece la ampliación de cobertura.

El Seguro Social estuvo en el 8o. Festival Chapín, en Los Ángeles, California.

Durante el evento un equipo multidisciplinario del instituto compartió con los guatemaltecos que viven en los Ángeles, quienes recibieron la información sobre la inscripción voluntaria y los beneficios del programa, además aprovecharon para resolver las dudas al respecto.

Ovidio González, que por 25 años trabajó en Guatemala y fue afiliado del Instituto, supo que podrá continuar aportando para asegurar su vejez y la atención médica para su familia en Guatemala, por lo que se mostró feliz y agradecido.

Del mismo modo, don Miguel, se emocionó al ver al Seguro Social presente en el evento y agradeció por el beneficio pensado en los migrantes guatemaltecos. “Ahora que estamos acá, tenemos facilidad de pagar esas cuotas que nos faltan y gozar del beneficio en nuestra vejez y, sobre todo, la atención a nuestra familia”, resaltó.

Migrantes guatemaltecos alrededor del mundo tienen la oportunidad de acceder a la Seguridad Social.

Haciendo referencia a los beneficios del Acuerdo 1543, estos consisten entre otros en:

• Pensión mensual vitalicia por Vejez, tras aportar 240 cuotas y cumplidos los 60 años.
• Pensión mensual por Sobrevivencia que se otorgará a los beneficiarios del migrante en caso de su fallecimiento. Este se hará efectivo dentro del territorio nacional y calculado en un monto equivalente al 50 por ciento del valor del ingreso mensual medio (IMM).
• Los beneficiarios que residan dentro del territorio nacional tendrán derecho a una Cuota Mortuoria para gastos funerarios, en caso del fallecimiento del contribuyente migrante.
• Atención médica para la esposa e hijos menores de 7 años que vivan en Guatemala.