La Junta Directiva del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social emitió el 7 de marzo el acuerdo 1443 que crea el Centro de Atención al Afiliado Catafi que tiene como objetivo brindar atención un servicio centralizado a los afiliados para la realización de sus trámites ante el Instituto

Haga clic en la imagen para ver y descargar el Acuerdo 1443 en alta definición. Publicación en el Diario de Centro América de fecha 27 de marzo de 2019.

ACUERDO NÚMERO 1443 LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO GUATEMALTECO DE SEGURIDAD SOCIAL

Que debe existir una dependencia o unidad administrativa que permita centralizar los procesos administrativos en relación a la cobertura social, con un concepto enfocado a brindar atención personalizada a los afiliados que gozan de los beneficios de la Seguridad Social y que en su momento, realizan gestiones relacionadas con pensiones, contribuciones voluntarias, cuotas mortuorias de trabajadores activos y pensionados, suscripción de afiliados y actualización de datos, informes de salarios, trabajo social, entre otros.

POR TANTO,

Con base en lo considerado y en uso de las facultades que le confiere el Artículo 19 inciso a) del Decreto Número 295 del Congreso de la República de Guatemala «Ley Orgánica del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social»,

ACUERDA:

ARTICULO 1: Crear el Centro de Atención al Afiliado -CATAFI, el cual funcionará como una Unidad Administrativa y dependerá jerárquicamente de la Subgerencia de Prestaciones Pecuniarias.

ARTICULO 2: El Centro de Atención al Afiliado -CATAFI-, para su funcionamiento, contará con el personal necesario que se requiera, el que podrá ser incrementado en el futuro, de conformidad con estudios que así lo determinen, fungirá como su superior jerárquico un coordinador designado por la Subgerencia de Prestaciones Pecuniarias.

ARTICULO 3: El Centro de Atención al Afiliado -CATAFI-, tendrá las funciones siguientes: a. Planificar, organizar, controlar, supervisar y orientar las distintas áreas del Centro de Atención al Afiliado. b. Programar el recurso financiero, necesario para la ejecución de las actividades propias del Centro de Atención al Afiliado -CATAFI-. c. Supervisar al recurso humano designado por cada Dependencia, en las ventanillas correspondientes. d. Supervisar la gestión del presupuesto asignado. e. Planificar y supervisar la gestión administrativa. f. Procurar la correcta atención a los afiliados, patronos y público en general. g. Elaborar informes de avance y gestión. h. Velar por el cumplimiento de las normas y reglamentación vigente. i. Mantener comunicación constante con la Subgerencia de Prestaciones Pecuniarias y demás dependencias, cuyas ventanillas están ubicadas en el Centro de Atención al Afiliado -CATAFI-, para coordinar las actividades relacionadas con la atención a los afiliados, pensionados y público en general.-

ARTICULO 4: Se faculta al Gerente del Instituto, para que emita las disposiciones que sean necesarias para asegurar su eficiente funcionamiento, así como las previsiones presupuestarias y las operaciones contables que corresponden al mismo, instruyendo que se elaboren los instrumentos administrativos que corresponden. La Junta Directiva, la Gerencia y demás Subgerencias, deberán proveer de mobiliario, equipo y suministros, recurso humano y financiero, necesario para la atención de sus respectivas ventanillas.

ARTICULO 5: Se modifica por adición el Artículo 21 del Acuerdo 1164 de Junta Directiva, el cual quedará redactado de la siguiente manera: «ARTÍCULO 21: Dependen del Subgerente de Prestaciones Pecuniarias las siguientes dependencias: a) Departamento de Prestaciones en Dinero b) Departamento de Invalidez, Vejez y Sobrevivencia c) Departamento de Medicina Legal y Evaluación de Incapacidades d) Departamento de Trabajo Social e) Centro de Atención al Afiliado -CATAFI-»

ARTICULO 6: El presente Acuerdo entra en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Emitido en el Salón de Sesiones de la Junta Directiva del Instituto Guatemala de Seguridad Social, en la Ciudad de Guatemala el siete de marzo de dos mil diecinueve.

CARLOS FRANCISCO ANTONIO CONTRERAS SOLÓRZANO PRESIDENTE

EDGAR ALFREDO BALSELLS CONDE SEGUNDO VICEPRESIDENTE

ALLAN JACOBO RUANO FERNÁNDEZ VOCAL I

JOSÉ BERNARDO PINEDA JURADO VOCAL II

ADOLFO LACS PALOMO VOCAL III

INSTITUTO GUATEMALTECO DE SEGURIDAD SOCIAL GERENCIA Caso 20180112509 Acuerdo Número 1443 de la Junta Directiva GERENCIA DEL INSTITUTO GUATEMALTECO DE SEGURIDAD SOCIAL: veintiuno de marzo de dos mil diecinueve. Se ordena la publicación en el Diario Oficial, para los efectos del Artículo 19, inciso a), Párrafo Tercero de la Ley Orgánica del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social.

DR. ARTURO ERNESTO GARCÍA AQUINO GERENTE EN FUNCIONES